Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Competencia excepcional para promover cumplimiento de sus sentencias y dar trámite a incidente de desacato
- Se remite escrito al juez de primera instancia para que adelante el trámite de cumplimiento o desacato, de considerarlo procedente
- Diferencias
- Competencia del juez de primera instancia
- Solicitud simultánea o sucesiva por beneficiario
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Solicitud de cumplimiento y de apertura excepcional de un incidente de desacato de la Sentencia T-205/15.
Encontró la Corte que el asunto controvertido gira en torno a una declaración de prescripción de las mesadas pensionales; lo cual no fue objeto de definición en el fallo de tutela.
Verificó la Sala, tal y como el propio juzgado de instancia lo mencionó, que dicho tema es un asunto que en realidad no ha sido sometido aún a un debate jurídico, ni forma parte de decisión definitiva alguna de la Corte Constitucional, ni fue discutido en la providencia de la referencia, en tanto la objeción no gira en torno al derecho a la pensión de invalidez o a las mesadas pensionales actuales del actor, sino al pago retroactivo de unas mesadas pensionales en disputa, lo cual claramente puede discutirse ante el juez natural en un proceso contencioso administrativo, por tratarse de un asunto de contenido patrimonial en debate.
Al no apreciar un manifiesto incumplimiento de las decisiones contenidas en el fallo de la referencia, ni que se haya desbordado la capacidad del juez de primera instancia para hacerlo efectivo, o que éste, de manera arbitraria haya omitido su deber de asegurar la exigibilidad de la decisión de la Corte, se deniega la pretensión de asumir el conocimiento del cumplimiento y del incidente de desacato propuesto por el actor, por la incompetencia de la Corporación.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. NEGAR la solicitud de cumplimiento y de inicio de un incidente de desacato presentada por Tomás, con respecto a la Sentencia T-205 de 2015.
- SEGUNDO. ORDENAR que, por Secretaría General de esta Corporación, se comunique la decisión adoptada en esta providencia a Tomás.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.